La teniente de alcalde del Área de Gobierno de Acción Social y Sociocomunitaria del Ayuntamiento de Mogán, Tania Alonso, ha respondido a las declaraciones realizadas por la Consejería de Educación del Gobierno de Canarias en distintos medios de comunicación, en las que se sostiene que no procede autorizar excepciones para el alumnado de Veneguera y que, por tanto, se les seguirá negando el acceso al transporte escolar para asistir al CEO Mogán.
Alonso asegura que sí existen fundamentos objetivos y legales para autorizar dicha excepción y recuerda que el Consistorio aún no ha recibido respuesta al escrito remitido el 5 de abril de 2024, en el que se solicitaba formalmente la ampliación del área de influencia del CEO Mogán hasta Veneguera, una propuesta que además fue aprobada por el Consejo Escolar del propio centro educativo.
La edil advierte de que, si esta situación no se resuelve, el Ayuntamiento de Mogán recurrirá a la vía judicial para denunciar la vulneración de derechos y del principio de equidad recogidos tanto en la Ley Canaria de Educación no Universitaria (Ley 6/2014) como en la Ley estatal de Educación.
Desde la Consejería de Educación se argumenta que la conciliación familiar no constituye un criterio suficientemente objetivo y que permitir que 11 menores utilicen el transporte escolar —en una ruta ya existente y con 18 plazas vacantes— podría generar un agravio comparativo con alumnado de otros centros, un posible efecto llamada, un desequilibrio en la planificación educativa e incluso el cierre del CEIP Casas de Veneguera, una escuela unitaria. Asimismo, señalan que los seis alumnos y alumnas de Veneguera que actualmente sí disponen de transporte escolar fueron autorizados en el curso 2021-2022 por el anterior gobierno autonómico al margen de la normativa.
Ante estos argumentos, Alonso recuerda que cada curso escolar la Dirección General de Educación publica instrucciones que contemplan autorizaciones excepcionales, aunque no existe una regulación clara sobre qué se considera excepcional. “Está claro que la casuística de estas familias no lo es para la Consejería”, señala la edil, quien subraya que muchas de ellas optaron por matricular a sus hijos e hijas en el CEO Mogán ante la imposibilidad de conciliar sus horarios laborales con los del CEIP Casas de Veneguera, que carece de recogida temprana, comedor escolar y actividades extraescolares, y cuyo horario es de 8:30 a 13:30 horas.
En relación con el supuesto agravio comparativo, la teniente de alcalde insiste en que el agravio ya existe entre las propias familias de Veneguera: algunas tienen autorización para el uso del transporte escolar y otras no. Además, se produce una desigualdad de derechos entre hermanos y hermanas, ya que actualmente hay cinco familias con un hijo o hija que puede utilizar la guagua escolar y otro que no.
Alonso sostiene que la postura de la Consejería contradice la Ley Canaria de Educación no Universitaria, que establece la equidad y la igualdad de derechos del alumnado como principios fundamentales y obliga a las administraciones públicas a garantizar el acceso al transporte escolar, especialmente en núcleos rurales o alejados, con el fin de compensar desigualdades y facilitar la conciliación familiar.
A ello se suma la Ley Orgánica 3/2020, que modifica la Ley Orgánica de Educación y que en su artículo 80 obliga a las administraciones a eliminar barreras de acceso al sistema educativo y a evitar desigualdades derivadas de factores sociales, económicos o geográficos. En este contexto, negar el transporte escolar supone, según el Ayuntamiento, una vulneración del derecho a la educación en condiciones de igualdad. Por todo ello, y ante la falta de una solución por parte de la Consejería de Educación, Tania Alonso ha reiterado que el Ayuntamiento de Mogán emprenderá acciones legales para defender los derechos del alumnado de Veneguera y de sus familias.
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